La acción de lesividad en la Ley Nº 3460 de Procedimientos Administrativos de Corrientes, en el contencioso administrativo-Ley N° 4106 y Leyes Provinciales del Nordeste
Autores/as
Samuel Nelson Saiach
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
La administración tiene la posibilidad de ejecutar por sí en forma directa e inmediata sus propios actos (ejecutoriedad o auto tutela), en cambio el particular siempre debe ocurrir a la jurisdicción para hacer valer sus derechos. Esta prerrogativa de auto tutela de la administración tiene límites que surgen de la ley y de garantías constitucionales que permiten el equilibrio entre poder y libertad.
Biografía del autor/a
Samuel Nelson Saiach, Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
Profesor Titular por concurso de Derecho Administrativo II y Profesor Adjunto por Concurso en Derecho Administrativo I de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Nordeste