Los menores de edad en el código civil y en el sistema de protección integral

Authors

  • Silvia Ana Lía Guglielmone Universidad Nacional del Nordeste

DOI:

https://doi.org/10.30972/rfd.7133967

Abstract

El Código Civil regula en forma sistematizada el Régimen Tuitivo de la Menores en diversos Institutos Jurídicos clásicos. Entre las instituciones protectoras de la minoridad, creadas con el fin de suplir la incapacidad de la menor edad, encontramos en primer lugar a la Patria Potestad (Título III); figura esta que encarna por excelencia la función tutelar y de representación necesaria, original y legal de los menores de edad.


Author Biography

Silvia Ana Lía Guglielmone, Universidad Nacional del Nordeste

Profesora en Ciencias Jurídicas, Silvia Ana lía Guglielmone: Abogada, Profesora libre de Derecho Civil I, parte general, cátedra b, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas, Universidad Nacional del Nordeste.

Published

2013-10-18