Valor de la declaración de la víctima menor de edad en la fase de instrucción del proceso penal español
DOI:
https://doi.org/10.30972/rfd.344905Palabras clave:
Menor de edad, Derecho procesal penal españolResumen
Sabido es, que el valor de la declaración de la víctima, constituye un acto de prueba cuando se formaliza en la fase de juicio oral, que como es conocido se rige por los principios de inmediación, concentración, contradicción, oralidad y publicidad. En lo que afecta a su consideración probatoria.
Es doctrina, general que las únicas pruebas aptas para enervar la presunción de inocencia son las practicadas en el juicio oral, bajo los principios de igualdad, publicidad, contradicción efectiva de las partes e inmediación del TribunalDescargas
Publicado
2021-06-07
Número
Sección
Doctrina extranjera