La garantía constitucional de legalidad ejecutiva
Palabras clave:
Constitución Nacional Argentina, Garantía constitucional, Derechos humanos, Derechos civiles, LibertadesResumen
La garantía constitucional de legalidad ejecutiva, forma parte del conjunto de garantías constitucionales aplicables a la ejecución de la pena privativa de libertad. Su significado y alcance, a partir de lo dispuesto por los arts. 18 -primera parte, primera disposición- y 19 -segundo párrafo - de la Constitución Nacional, debe ser interpretado en el marco de la evolución que se encuentra en esta materia. Desde la teoría y la jurisprudencia, se ha ido señalando que la ejecución de la pena privativa de libertad, no tiene naturaleza administrativa y no es de competencia exclusiva del poder administrador. Por el contrario, constituye la última etapa del proceso penal y, por lo tanto, se encuentra sujeta a las garantías que son propias a esta clase de proceso. Esta conclusión se deriva de los arts. 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que se refieren a las garantías aplicables durante el proceso penal.