El 1 de agosto de 2015 comenzó a regir el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26994 y su modificatoria Ley N° 27077). En el mismo se han incluido distintos temas propios del Derecho Ambiental y que -a mi entender- introduce de manera positiva en la legislación ordinaria (art. 7 5, inciso 12, de la CN) distintos contenidos que convendría analizar, aunque de manera genérica dada la extensión del presente artículo.