Instrucciones de Artigas a los diputados orientales para la asamblea del año XIII
Autores/as
Oscar Raúl Lotero
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
Palabras clave:
Historia Constitucional Argentina, Artigas, Asamblea del año XIII, Revolución de mayo de 1810
Resumen
Al producirse la revolución de mayo de 1810 se produjo un quiebre institucional en el Virreynato del Río de la Plata. A través de las exposiciones hechas en el cabildo abierto del día 22 se dejó en claro que la soberanía que hasta ese momento era ejercida por el Rey de España Don Femando VII se retrovertía en cada uno de los pueblos que componía en Virreinato, de allí que todos ellos quedaran en un pie de igualdad sin admitir la preponderancia de uno de ellos sobre los demás. Esta tesis había sido admitida por aquellos que participaron de dicho cabildo al refutar Juan José Paso lo dicho por el Fiscal de la Audiencia Villota ya que este afirmó que Buenos Aires no tenía derecho alguno a tomar decisiones de la naturaleza de la que se estaban tomando sin previa consulta a los demás pueblos del Virreinato. Al admitir Paso lo certero de las alegaciones del Fiscal de la Audiencia, tuvo que recurrir a la tesis de la hermana mayor o también de la gestión de negocios.