Reinterpretando la responsabilidad del propietario ante daño ambiental indirecto derivado de actividades riesgosas del usufructuario y del superficiario
DOI:
https://doi.org/10.30972/rfce.016612Palabras clave:
responsabilidad civil, daño ambiental, actividades riesgosas, usufructo, superficie.Resumen
El Código Civil y Comercial de la Nación contiene diversos instrumentos jurídicos que permiten desdoblar la titularidad de un recurso productivo del derecho de uso y goce sobre el mismo, como los derechos reales de usufructo y superficie. Si al explotar el recurso el usufructuario o superficiario lleva a cabo actividades riesgosas que ocasionan daño ambiental indirecto, el sistema de responsabilidad civil se debe integrar con normativa de orden ambiental. En este esquema corresponde reinterpretar la norma aplicable y concluir que el propietario puede ser considerado responsable por tales daños cuando se apropie de parte de la mayor rentabilidad generada por dicha actividad.Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas solicita sin excepción a los autores una declaración de originalidad de sus trabajos, esperando de este modo su adhesión a normas básicas de ética del trabajo intelectual.
La Revista de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Nordeste, Argentina, declara e informa que no se aplica a los autores ningún cargo ni costo, por la publicación de los artículos. La distribución y acceso, son de carácter libre y gratuito.
Este obra está bajo una licencia una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.